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8vo. CONT - ¿Quiénes están obligados a llevar Contabilidad?

En la Unidad No. 1, aprendimos que los comercios o empresas pueden constituirse de dos formas: Individual y Societaria. Según las normas tributarias de nuestro país esta clasificación se conoce como personas naturales y personas jurídicas.


Personas Naturales: Son aquellas personas que realizan sus actividades comerciales de forma individual. Son responsables de las obligaciones de la empresa y así mismo son los únicos beneficiarios de sus ganancias


Personas Jurídicas: Son grupos de personas que se unen para realizar una actividad económica. Se conocen como sociedades y todas las personas que las conforman comparten sus derechos y obligaciones.




OBLIGACIÓN A LLEVAR CONTABILIDAD


Según la Ley de Régimen Tributario y su reglamento de aplicación , se encuentran obligadas a llevar Contabilidad las siguientes personas naturales y jurídicas:



Para las personas jurídicas es obligatorio llevar contabilidad desde el momento de su constitución. En cambio las personas naturales deben llevar contabilidad únicamente cuando cumple los requisitos determinados en la ley. Las personas naturales que no lleven contabilidad, deben realizar un libro de ingresos y egresos.


La contabilidad debe ser firmada bajo la responsabilidad de un contador que tenga autorización y debe presentarse en dólares.

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